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Comentarios: La denunciante señala que el día veintisiet...
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Creación: 2017-11-01 09:47:59
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2015-10-01
Fundamento: La denunciante señala que el día veintisiete de julio del año en curso el señor Martínez le manifestó que podía “ayudarle a conseguir trabajo” en el ISTA, y que para tal efecto debía realizarse los exámenes de salud correspondientes y obtener la solvencia de antecedentes penales. Añade que cuestionó al servidor público denunciado sobre la certidumbre de la contratación, a lo cual éste le respondió que “el empleo ya era suyo”, y lo único que necesitaba era que ella le proporcionara la cantidad de ciento quince dólares (US$115.00) para comprar cinco uniformes institucionales, es decir un costo de veintitrés dólares (US$23.00) por cada uno. Finalmente, manifiesta que alrededor de las doce horas con treinta minutos de ese mismo día se trasladó junto al señor Martínez a Metrocentro, específicamente hacia una sucursal de Banco Azteca, donde retiró la cantidad de ciento quince dólares (US$115.00) y se la entregó al servidor público denunciado en un microbús de transporte público, mientras se dirigía a realizar los trámites de obtención de sus antecedentes penales, pero él bajó del vehículo indicando que se dirigiría a retirar los uniformes, y le proporcionó un número de celular el cual nunca contestó. ... ...el día veintisiete de julio del año en curso el señor José Carlos Martínez empleado del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), destacado en la Región Occidental, con sede en Santa Ana, habría solicitado ciento quince dólares (US$115.00) a la señora **********, a cambio de entregarle uniformes institucionales, a quien le había asegurado que sería contratada en dicha institución pues él le ayudaría a conseguir el trabajo. Ahora bien, pese a que la señora ********** le proporcionó el dinero al señor Martínez, éste no le entregó los uniformes ni contestó en lo sucesivo las llamadas; es decir, que consiguió que la referida señora le proveyera los ciento quince dólares (US$115.00) mediante ardid, situación que podría ser constitutiva de delito penal. En razón de lo anterior, deberá informarse de tales hechos al Fiscal General de la República para los efectos legales pertinentes.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 60-D-15
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-01 09:47:59
    Publicado