Número de referencia de la resolución: | 49-D-14 |
Tesauro: | Bienes, fondos y recursos públicos., Prohibición de actividad privada, Vinculación laboral privada en conflicto con el interés público |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2018-05-22 |
Fundamento: | Desde la fase liminar del procedimiento se atribuyó al señor Nelson Edgardo Escalante Campos la posible transgresión al deber ético de "Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados"; así como a las prohibiciones éticas de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley" y de ''Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines institucionales ", regulados en los artículos 5 letra a), y 6 letras e) y f) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | Ninguno |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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