Número de referencia de la resolución: | 137-A-16 |
Tesauro: | Aviso, Deber de uso adecuado de recursos del Estado, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2017-11-22 |
Fundamento: | En ese sentido, se evidencia que las erogaciones realizadas por la funcionaria pública en el periodo indagado, tuvieron por objeto cumplir con las obligaciones y responsabilidades de la Presidencia de dicho órgano de gobierno, y tales gastos fueron autorizados y liquidados de acuerdo a la normativa legal correspondiente. Por ende, se han desvirtuado los indicios de una transgresión al deber ético de “Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados”, regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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