• 133-A-18
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Número de referencia de la resolución: 133-A-18
Tesauro: Prohibición de actividad privada
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2019-08-21
Fundamento: La información obtenida en el caso de mérito desvirtúa los datos proporcionados por el informante anónimo respecto a la supuestas transgresiones a la ética pública por parte de los señores Miguel Arístides Romero Vivar y Arrninda Leticia Rivera, Camarógrafos de la Unidad de Comunicaciones de la Alcaldía Municipal de Apopa; pues, según el informe del Jefe de Recursos Humanos Interino de dicho municipio, el día catorce de junio de dos mil dieciocho, los referidos servidores públicos se presentaron a sus labores con normalidad, tal como se establece en el registro de sus marcaciones y no solicitaron ningún permiso, licencia o incapacidad; además en dicho informe, se indicó que no fue recibido ningún reporte de ausencias injustificadas por parte de la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación de la municipalidad, a la cual se encuentran destacados.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 133-A-18.pdf
  • 1.08 MiB, application/pdf
  • 2019-09-10 16:45:59

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