Número de referencia de la resolución: | 234-A-19 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2020-06-16 |
Fundamento: | Es imposible continuar con el trámite de ley correspondiente con relación a las conductas descritas, dada la identidad de éstas con la investigadas en el procedimiento relacionado. Debe tenerse presente que uno de los principios a los cuales debe someterse el procedimiento administrativo sancionador competencia de este Tribunal, es el de economía, que exhorta a evitar gastos innecesarios tanto tanto como para el Tribunal como para los intervinientes en los procedimientos, de conformidad al Art.68 RELEG. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | 234-A-19 |
Tipo de resolución: | Anormal |
No hay ficheros adjuntos