Fundamento: |
Con los elementos probatorios recabados, se establece que el señor ***** no es socio del Club de Natación Flor Blanca Sociedad Anónima de Capital Variable; y por tanto al haber participado como Ex Presidente del INDES, en la toma de decisión de otorgarle a dicha sociedad la concesión del uso de las piscinas ubicadas en el estadio Jorge "Mágico" González, no tenía el deber formal de excusa, al no generarle un posible conflicto de interés. En consecuencia, el señor ****** no infringió el deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulada en el artículo 5 letra c) de la LEG; lo cual conlleva a la finalización del procedimiento mediante la figura del sobreseimiento. |