Número de referencia de la resolución: | 98-A-22 |
Tesauro: | Conflicto de interés |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2022-11-16 |
Fundamento: | El presente procedimiento se tramita contra el señor Juan Dalton Martínez Pineda, Síndico Municipal de Guazapa, departamento de San Salvador, a quien se atribuye la posible infracción al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio tengan algún conflicto de interés", regulado en el artículo 5 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto entre los años dos mil veintiuno y dos mil veintidós, habría intervenido en la adopción de acuerdos municipales de nombramiento y contratación de su cuñada, la señora ****, en puestos de trabajo en la Alcaldía Municipal de Guazapa, entre ellos, los de Encargada de Recuperación de Mora -de forma remunerada y ad honorem- , “Recuperación de Mora ad honorem" y Oficial de Acceso a la Información Pública. Sanciónase al señor Juan Dalton Martínez Pineda, Síndico Municipal de Guazapa, departamento de San Salvador con una multa de trescientos sesenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América (US$165.00), por haber infringido el deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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