• 106-TEG-2011
  • **ficha_resolucion**
  • **vista_previa**
  • **informacion_fichero**
  • Attachments
**referencia_resolucion**: 106-TEG-2011
Categories: Retardo administrativo injustificado, Responsabilidad, Eficiencia
Año: 13
Deberes éticos (Art. 5 legislación vigente):
Decisión: No sanciona
Fecha de resolución: 2013-07-31
Fundamento: En primer lugar, el once de abril de dos mil once el señor Juan José Zaldaña Linares renunció a su cargo como miembro propietario del Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor y fue hasta el día veintiséis de esos mismos mes y año que se convocó al respectivo miembro suplente. ... Por otro lado, el referido Tribunal afrontó una carga laboral de mil ochocientos casos los cuales estaban asignados a sólo cinco colaboradores, circunstancia que evidentemente constituyó un obstáculo para resolver con la debida celeridad.
Ley: Vigente
Problema jurídico: *¿Es un retardo injustificado que un trámite ante el Tribunal Sancionador del Consumidor sea de 100 días?
Prohibiciones éticas (Art. 6 LEG): i) Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que le corresponden según sus funciones
Prohibiciones éticas (Art. 6 legislación vigente): i) Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que le corresponden según sus funciones
Tipo de resolución: Definitiva
File Actions
  • 106-TEG-2011.pdf
  • 632.66 KiB, application/pdf
  • 2017-11-27 15:42:06
File Comment Status
  • 106-TEG-2011
  • Version: 1
  • 317.91 KiB, application/pdf
  • Uploaded by TEG
  • 2017-11-01 09:47:24
Released

No attached files