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Propietario: TEG
Espacio de disco utilizado: 2.27 MiB
Creación: 2021-03-01 09:19:39
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2020-11-24
Fundamento: Teniendo en cuenta los aspectos antes indicados, no se vislumbra que el señor ****** haya infringido el deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG y, por tanto, no se encuentra justificado el despliegue de la potestad sancionadora de este Tribunal Es decir, que en el presente caso, de los hechos descritos no se advierten contravenciones a la ética pública que permitan atribuir responsabilidad al servidor público señalado, pues las conductas señaladas no aportan elementos de una posible transgresión a los deberes y prohibiciones dentro de la tipificación delimitada por las referidas normas; y, por consiguiente, la denuncia adolece de un error de fondo insubsanable que impide continuar con el trámite de ley correspondiente.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 1
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    • 161-D-19_Censurado.pdf
    • Versión: 1
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    • Enviado por TEG
    • 2021-03-01 09:19:39
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