Número de referencia de la resolución: | 1-O-15 |
Tesauro: | Proselitismo político |
Decisión: | No sanciona |
Fecha de resolución: | 2016-06-29 |
Fundamento: | Con la prueba producida en el transcurso del procedimiento ha quedado demostrado que en agosto de dos mil catorce, el señor José Wilfredo Salgado García, ex Alcalde Municipal de San Miguel, ordenó al señor *******, que utilizara los colores negro, anaranjado, azul, blanco y melón para pintar la fachada del cementerio, los portones y las oficinas del mismo (fs. 85 al 88). Ahora bien, consta que el partido político GANA se identifica por los colores anaranjado y azul y su emblema está representado por una bandera rectangular horizontal con fondo color anaranjado y en el centro la palabra GANA en color azul y sombra color blanco (f'. 94).(...) Por tanto, no basta con que el servidor público utilice ciertos colores que coincidan con los que identifique a un partido político, sino que es necesario que realice propaganda electoral mediante el uso inequívoco de ciertos emblemas partidarios los cuales en el presente caso corresponderían al partido GANA. Por otro lado, no se ha demostrado el señor José Wilfredo Salgado García, ex Alcalde Municipal de San Miguel, haya utilizado fondos públicos para la elaboración de afiches publicitarios con su rostro y el de su hermana ****** y su colocación en diferentes postes del tendido eléctrico de la ciudad. En ese contexto, este Tribunal no puede suponer o inferir hechos que no pudieron comprobarse, pues ellos deben quedar acreditados de forma cierta e indubitable. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | Ninguno |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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