Número de referencia de la resolución: | 235-A-17 |
Tesauro: | Proselitismo político, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2018-12-11 |
Fundamento: | III. En la fase liminar, se calificaron los hechos denunciados como una posible transgresión a la prohibición ética de “Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo partidario”, regulada en el artículo 6 letra k) de la LEG, por parte del señor Oscar René Mendoza, Alcalde Municipal de Yucuaiquín, departamento de La Unión; por cuanto habría utilizado toldos en los que se lee “Alcaldía Municipal de Yucuaiquín” con colores alusivos a la bandera del partido político ARENA. Sin embargo, según el informe y documentación remitida en el marco de la investigación preliminar, se ha determinado que los toldos que se colocaron en el parque municipal no son parte del mobiliario de la Alcaldía, sino que pertenecen a las personas que realizaron el evento, esto es, se trata de bienes particulares. Debe destacarse que la norma sancionadora invocada proscribe el uso de bienes institucionales para la realización de actos de proselitismo político, situación que no se perfila en el presente caso al tratarse de bienes privados. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | Ninguno |
Tipo de resolución: | Anormal |
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