Número de referencia de la resolución: | 237-A-16 |
Tesauro: | Prohibición de actividad privada, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2019-01-24 |
Fundamento: | 111. La información obtenida en el caso de mérito desvirtúa los datos proporcionados por el informante anónimo pues refleja que el día dos de diciembre de dos mil dieciséis, los señores Jennifer Nancy Cruz Cortez, Adriana Beatriz Salazar Cruz y Ricardo Ernesto Vásquez Romero tenían licencia para asistir a la capacitación de "Administración costos para la toma de decisiones"; es decir, que existe ese día una justificación de sus inasistencias para realizar sus funciones respectivas a sus cargos en FONAVIPO, por tener un permiso otorgado para ello. Ahora bien, del informe rendido y la documentación antes aludida se determina que en la fecha antes referida los licenciados Christian Antonio Miranda Monge, Claudia Cecilia Pérez de Bruni, Graciela del Carmen Hernández Zavala, Claudia Patricia Vásquez y el señor Mardonio José Melvin Delgado Orellana se presentaron a su lugar de trabajo en el horario correspondiente cumpliendo con actividades relativas a las funciones encomendadas por el cargo que ejercen cada uno de ellos. Lo anterior, contraría lo manifestado por el informante, ya que no consta un supuesto abandono de labores para dirigirse a un rancho propiedad del licenciado Rony Huezo Serrano, así tampoco se identifican irregularidades en las marcaciones ni en el registro de asistencia de los servidores públicos antes mencionados; por el contrario, por medio de la documentación anexa - reporte de labores, hoja de marcaciones, entre otras- se verifica la hora de entrada del día viernes dos de diciembre de dos mil dieciséis a FONA VIPO antes de las ocho horas y de salida a partir de las dieciséis horas, así como la ejecución de distintas tareas institucionales por parte de los mismos. Además, se consigna que el licenciado Rony Huezo Serrano realizó diversas actividades en razón de su cargo como Presidente de la Junta Directiva de FONAVIPO; en ese sentido, de lo antes indicado es posible advertir que la información proporcionada en los informes desvanece la sospecha del cometimiento de los hechos denunciados. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | Ninguno |
Tipo de resolución: | Anormal |
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