Número de referencia de la resolución: | 93-D-17 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2019-02-28 |
Fundamento: | Por último, si bien los denunciantes invocan el incumplimiento de los principios éticos establecidos en el artículo 4 letras a), d) y h) de la LEG, es procedente aclarar que éstos son postulados normativos de naturaleza abstracta que establecen lineamientos acerca del desempeño ético en la función pública y constituyen, a su vez, una guía para la aplicación de la referida ley; sin embargo, de manera autónoma no son objeto de control directo por parte de este Tribunal, sino que su inobservancia debe vincularse necesariamente con la transgresión de un deber o prohibición ética, misma que no se configura a partir de la mera inconformidad con las decisiones adoptadas en el marco de un proceso jurisdiccional como es el caso expuesto en la denuncia. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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