Número de referencia de la resolución: | 132-A-19 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2019-11-15 |
Fundamento: | El supuesto acoso laboral y acoso sexual, son hechos que podrían enmarcarse como posibles trasgresiones al ordenamiento jurídico en materia laboral y penal, respectivamente; por lo que este Tribunal estaría impedido de conocer aquellos hechos -como en el presente caso-que no se encuentren tipificados en la LEG. De manera que el aviso adolece de un error de fondo insubsanable que impide continuar con el trámite de ley correspondiente. Cabe resaltar que a pesar de la imposibilidad por parte de este Tribunal de controlar los hechos antes relacionados, esto no significa una desprotección de los derechos que pudieran verse comprometidos. De manera que deberán ser otras instancias las que, dentro de sus competencias, evalúen y determinen las responsabilidades que correspondan. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | 132-A-19 |
Tipo de resolución: | Anormal |
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