Número de referencia de la resolución: | 261-A-17 |
Tesauro: | Nepotismo (Contratación de familiares) |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2020-02-06 |
Fundamento: | La magnitud de la infracción deriva de la naturaleza del cargo desempeñado por la referida infractora -Jefa de UACI- y, por ende, de su nivel de responsabilidad con la eficiencia y efectividad en la gestión de las adquisiciones y contrataciones de obras, bienes y servicios que el MIGOBDT debe ejecutar para la consecución de sus fines, a los cuales debía servir, lo cual resulta antagónico a adjudicar, como delegada del Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial, la contratación de un servicio de consultoría en dicho Ministerio a su hermano, obviando el conflicto de intereses que el parentesco entre ambos configuraba. ii) El beneficio o ganancia obtenida por el hermano de la infractora. El beneficio es lo que la persona investigada u otras han percibido como producto de la infracción administrativa. En ese sentido, puede establecerse que el beneficio obtenido por el señor Jorge Alberto Rodríguez Ponce, hermano de la investigada, en virtud del hecho constitutivo de infracción, consistió en haber sido contratado por el MIGOBDT para desarrollar una consultoría, a partir de lo cual no sólo accedió a una remuneración total de dos mil setecientos cuarenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América (US$2, 745.00) [fs. I 08 al 11 0], sino que también sumó la prestación de ese servicio a su experiencia profesional, como consultor de una institución gubernamental. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | 261-A-17 |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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