Número de referencia de la resolución: | 193-A-20 |
Tesauro: | Bienes, fondos y recursos públicos., Inadmisibilidad, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Inadmisible |
Fecha de resolución: | 2021-03-05 |
Fundamento: | La falta de precisión de dichos hechos impide identificar la posible ocurrencia de infracciones a los deberes y prohibiciones éticas reguladas en los arts. 5, 6 y 7 de LEG; y las deficiencias advertidas no pueden ser subsanadas mediante una prevención por tratarse de un aviso anónimo; en consecuencia, corresponde pronunciar in limine la inadmisibilidad del aviso respecto al hecho descrito en este acápite por carecer de los requisitos de admisibilidad. Por tanto, en virtud de las consideraciones expuestas y con base en los artículos 5, 6, 7 y 32 número 2° y 3º de la Ley de Ética Gubernamental; 77 letras b) y c), 80 inciso 3º del Reglamento de dicha ley. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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