Número de referencia de la resolución: | 24-D-21 |
Tesauro: | Improcedencia, Retardo administrativo injustificado |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2021-04-16 |
Fundamento: | En ese sentido de los hechos antes planteados, es preciso aclarar que la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra i) de la LEG prescribe: "Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que le corresponden según sus funciones", refiriendo además que éste se configura "( ... ) cuando una persona sujeta a la aplicación de esta Ley difiriere, detiene, entorpece o dilata la prestación de los servicios, trámites y procedimientos administrativos no acatando lo regulado en la ley, en los parámetros ordinarios establecidos en la institución pública o, en su defecto, no lo haga en un plazo razonable". |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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