Número de referencia de la resolución: | 9-O-18 |
Tesauro: | Servidor público, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2021-04-16 |
Fundamento: | Al respecto, es necesario señalar la importancia de la aplicación del régimen disciplinario por parte de las instituciones estatales, pues éste también deviene en un control de la ética pública ad intra, ya que existen procedimientos disciplinarios reglados ad hoc para conductas irregulares como el objeto de este procedimiento. Lo anterior, por cuanto resulta innegable que las conductas irregulares realizadas por un servidor público que presta sus servicios profesionales o técnicos para la Administración Pública exponen, comprometen, menoscaban o causa detrimento al funcionamiento de la institución a la cual sirve - incluso a la imagen institucional- . En ese sentido, con relación al posible uso indebido de la mencionada sala de audiencias, dichos hechos ya fueron objeto del control disciplinario por parte de la CSJ, mediante el procedimiento correspondiente, el cual dio como resultado la destitución de uno de los responsables y la renuncia del otro. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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