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El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor **** ex Jefe de Unidad Técnica II, con cargo funcional de Jefe de Unidad de Desechos Sólidos y Peligrosos, a quien se atribuye la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto en el período comprendido entre los días ocho de enero de dos mil dieciséis al día tres de octubre de dos mil dieciocho, se habría ausentado de su lugar de trabajo por realizar consultorías particulares. |