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El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor Óscar Armando Melgar Portillo, a quien se atribuye la transgresión ética de "Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deban ejercerse en el mismo horario, excepto las que expresamente permita el ordenamiento jurídico", regulada en el artículo 6 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto durante el período comprendido del cuatro de junio de dos mil quince al día cinco de octubre de dos mil diecisiete y de enero a julio de dos mil diecinueve, habría percibido dos remuneraciones en razón del desempeño en horarios coincidentes de dos empleos en el sector público; el primero, como Camillero en el área de Servicios Generales del Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS); y, el segundo, como Técnico de Autopsia en el Departamento de Patología del Hospital Nacional "Dr. Juan José Fernández" Zacamil, en adelante Hospital Nacional Zacamil. Asimismo, este procedimiento se tramita contra los señores Roberto Alfredo Fuentes, Coordinador de la Central de Ambulancia del Hospital General del ISSS, y doctor Guillermo
Martínez Avilés, Jefe del Departamento de Patológica del Hospital Nacional Zacamil, a quienes se atribuye la transgresión al deber ético regulado en el artículo 5 letra b) de la LEG, por cuanto - en calidad de jefes inmediatos del investigado- habrían tenido conocimiento de los hechos atribuidos al mismo, sin que realizaran la denuncia correspondiente. |