Número de referencia de la resolución: | 37-A-20 |
Tesauro: | Prohibición de actividad privada |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2021-12-06 |
Fundamento: | En el caso particular, un informante señaló que en el período comprendido del dieciocho de enero de dos mil dieciséis al once de marzo de dos mil veinte, la señora Judith "del Rosario Blanco de Rodríguez, Directora del Centro Escolar "Sara Castellanos", del Cantón El Bejucal, municipio de Sociedad, departamento de Morazán, se habría ausentado de sus labores, sin la debida autorización, particularmente los días jueves, y habría registrado su asistencia de forma regular. (…) En esa línea de argumentos, se advierte que el cuadro fáctico descrito por el informante, así como los datos obtenidos con la investigación preliminar del caso no son suficientes para atribuir el cometimiento de una posible transgresión ética, pues se han expuesto mínimamente circunstancias objetivas que permiten efectuar un análisis de la prohibición mencionada; es decir, como se hizo referencia supra, que con el aviso y lo informado por los miembros del CDE del Centro Escolar "Sara Castellanos", del Cantón El Bejucal, se carece de información necesaria para lograr identificar que en el período comprendido del dieciocho de enero de dos mil dieciséis al once de marzo de dos mil veinte, la Directora Blanco de Rodríguez se haya ausentado de sus labores, sin la debida autorización, particularmente los días jueves; lo que genera un defecto que este Tribunal no puede suplir e impide iniciar un procedimiento administrativo sancionador. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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