Número de referencia de la resolución: | 165-D-17 |
Tesauro: | Competencia exclusiva de otras instituciones |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2019-12-03 |
Fundamento: | En el caso particular, según la denunciante, en septiembre de dos mil diecisiete la doctora Wendy Melissa Polanco de Juárez, Auxiliar ele Médico Residente del Hospital Nacional de Nueva Concepción, habría incumplido algunos turnos de trabajo en ese nosocomio. En el presente caso, el hecho que los días dos, seis, diez, catorce, dieciocho, veintitrés y veintisiete de septiembre de dos mil diecisiete la doctora Wendy Melissa Polanco de Juárez, Auxiliar de Médico Residente del Hospital Nacional de Nueva Concepción, haya incumplido de forma total o parcial sus turnos de trabajo, constituye una situación irregular dentro del ámbito disciplinario de ese nosocomio, por lo cual la misma Directora informó que se inició un procedimiento sancionatorio disciplinario en contra de la empleada y se le suspendió. En consecuencia, ame estos supuestos, existe ya una canalización por parte de cada institución pública como mecanismo de control de conducta en el procedimiento disciplinario correspondiente, en tanto " la sanción disciplinaria tiene como fundamento la infracción de los deberes éticos y de aquellos cánones conductuales que intentan preservar el buen funcionamiento de la Administración en relación con el servicio público que se presta" |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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