Número de referencia de la resolución: | 104-A-21 |
Tesauro: | Nepotismo (Contratación de familiares) |
Decisión: | Sanciona |
Fecha de resolución: | 2022-10-07 |
Fundamento: | El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor Rafael Antonio Tejada Ponce, a quien se atribuye la posible transgresión a la prohibición ética de "Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley", regulada en el artículo 6 letra h) de la Ley de Ética Gubernamental -en lo sucesivo LEG-, por cuanto en octubre de dos mil diecisiete, en su calidad de Alcalde Municipal de Tejutla, departamento de Chalatenango, habría contratado al señor ******, como Auxiliar de la Unidad de Proyección Social de la referida municipalidad, quien sería su primo. (…) Sanciónase al señor Rafael Antonio Tejada Ponce, Alcalde Municipal de Tejutla, departamento de Chalatenango, con una multa de trescientos dólares de los Estados Unidos de América (US$300.00), por haber transgredido la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra h) de la Ley de Ética Gubernamental (…) |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Definitiva |
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