Número de referencia de la resolución: | 24-D-22 |
Tesauro: | Conflicto de interés, Deber de denuncia, Desempeño simultáneo de empleos públicos |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2022-11-16 |
Fundamento: | En el presente caso, las denunciantes señalaron las siguientes conductas: a) En el año dos mil veintiuno, el señor ****, Director Único del Centro Escolar "Refugio de La Paz", del municipio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, habría sido contratado como docente horas-clases del turno vespertino en el Instituto Nacional "José Damián Villacorta" del municipio de Santa Tecla, en un horario incompatible con su cargo de Director; b) En el año dos mil diecinueve, se habrían contratado los servicios de la empresa "Consultorías y Capacitaciones Diversas", "propiedad" (sic) de la señora ****, docente del tumo vespertino del Instituto Nacional "José Damián Villacorta", para brindar capacitaciones al personal administrativo y de servicio de la misma institución, las cuales se habrían efectuado mediante el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP); c) En el año dos mil veinte, el señor ****, Técnico de la Unidad de Liquidaciones de la Dirección Departamental de Educación de la Libertad y docente horas-clase en el turno nocturno del Instituto Nacional "José Damián Villacorta", habría sido el encargado de liquidar los fondos que se le asignaron a dicho centro educativo, del cual forma parte, a pesar de existir un conflicto de interés; y d) La señora ****, Directora del Instituto Nacional "José Damián Villacorta", tendría conocimiento de las circunstancias anteriores. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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