Número de referencia de la resolución: | 10-D-23 |
Tesauro: | Dádivas, Retardo administrativo injustificado |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2023-02-27 |
Fundamento: | En su denuncia, -en síntesis- refiere que la Asociación Cooperativa ***** es afiliada de *****; y en septiembre de dos mil veinte, el INSAFOCOOP emitió una resolución para que la primera celebrara Asamblea General de Asociados. Señala que desde dos mil dieciocho hasta la fecha, **** no celebra Asamblea General de Asociados; por lo que el INSAFOCOOP debía aplicar la sanción regulada en el art. 91 letra ch) de la Ley General de Asociaciones Cooperativas. Considera que el Presidente del INSAFOCOOP ha transgredido los artículos 6 letras a) e i) y 8 letra a) de la LEG, pues ha retardado la celebración de la Asamblea General de Asociados de ****; ocasionando con ello graves perjuicios a los asociados de la cooperativa (…). Solicita que se practique reconocimiento o inspección para comprobar que **** no ha celebrado Asamblea General de Asociados; y que el INSAFOCOOP no ha realizado ninguna gestión al respecto. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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