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Propietario: TEG
Comentarios: ...de la documentación que consta en el expe...
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Creación: 2017-11-01 09:48:11
Decisión: Sobreseimiento
Fecha de resolución: 2016-03-09
Fundamento: ...de la documentación que consta en el expediente se verifica que la persona responsable de autorizar las remuneraciones por jornada extraordinaria del personal de la Dirección de Tecnología de la Información del Centro Nacional de Registros es el Director Ejecutivo y a partir de julio de dos mil catorce se le otorgó también esta facultad a la Subdirectora Ejecutiva y a la Directora de Desarrollo Humano y Administración de dicha institución. En ese sentido, se advierte que el señor ********* no tiene la facultad de aprobar y autorizar las horas extras laboradas por su equipo de trabajo, pues su función como Director de la DTI se limita a revisar los planes de trabajo elaborados y verificados por los gerentes de dicha Dirección, los cuales incluyen el presupuesto de los costos de ejecución — pago de horas extraordinarias— para posteriormente solicitar a la autoridad correspondiente la autorización para el pago de la remuneración. De igual forma, se establece que las tareas realizadas en jornada extraordinaria por parte del señor Carlos Enrique Serpas Flores fueron previamente programadas y autorizadas, por lo tanto, se encuentran debidamente justificadas. En virtud de lo anterior, no se evidencia que el señor *************** haya faltado a su deber de denuncia, por cuanto, no era la persona responsable de verificar el cumplimiento de las tareas realizadas por el señor Carlos Enrique Serpas en jornada extraordinaria, ni tenía la facultad de aprobar y autorizar dicho tiempo laborado, lo cual a tenor del artículo 81 letra b) del Reglamento de la LEG es motivo de improcedencia de la denuncia, pues el hecho denunciado no constituye transgresión al deber ético de “Denunciar ante el TEG (…) las supuestas violaciones a los deberes o prohibiciones éticas”, regulado en el artículo 5 letra b) de la LEG. Por otra parte, consta que en el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de Sonsonate se encuentra asentada la partida de defunción del señor Carlos Enrique Serpas Flores, quien falleció el día catorce de agosto de dos mil quince a consecuencia de**************************** lo cual imposibilita a este Tribunal a continuar con el trámite de ley respectivo por constituir una causal de sobreseimiento de conformidad al artículo 97 letra b) del Reglamento de la LEG. De esta manera, y con base en los principios que rigen el procedimiento administrativo sancionador –regulados en el artículo 68 del Reglamento de la LEG–, corresponde decretar el sobreseimiento del presente procedimiento, por las razones antes expuestas.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • 103-A-14.pdf
    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-21 20:55:12
    Publicado