Fundamento: |
El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra la licenciada ****, Defensora Pública de la PGR de Ahuachapán, a quien se atribuye la transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental, por cuanto según el informante anónimo, el día veintiocho de octubre de dos mil diecinueve, habría solicitado la cantidad de un mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América (US$1,500.00) a familiares de una persona imputada que representó en la audiencia inicial celebrada ese día, de un proceso penal tramitado en el Juzgado Segundo de Paz de Ahuachapán, de ese departamento. |