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Propietario: TEG
Comentarios: El informante manifiesta que el día diez de ...
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Creación: 2017-11-01 09:47:18
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2013-05-21
Fundamento: El informante manifiesta que el día diez de septiembre del año pasado, aproximadamente a las tres de la madrugada, se presentó con problemas de salud al área de emergencias de la Unidad de Salud de San Martín, del Fondo Solidario para la Salud y fue atendido por la enfermera de turno quien le manifestó a él y otros pacientes que se encontraban en espera de consulta que serían atendidos hasta las seis de la mañana, pues los médicos se encontraban dormidos y ella no podía despertarlos; posteriormente, se levantó de su puesto y les informó que ella también se disponía a dormir. ... ...este Tribunal advierte la inconformidad del informante con el trato recibido por la enfermera de la Unidad de Salud de San Martín y con la falta de atención de los médicos de turno, quienes afirma se encontraban durmiendo. Tales situaciones, aún y cuando podrían calificarse como incorrectas y socialmente reprochables e incluso contrarias al principio ético de responsabilidad regulado en el artículo 4 letra g) de la LEG, pero por razones propias de la libertad de configuración del legislador esas conductas carecen de tipicidad con relación a los deberes y prohibiciones previstos en la citada Ley, los cuales constituyen el marco de actuación de este cuerpo colegiado.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Detalles de la versión: 2
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    • 138-A-12.pdf
    • Versión: 2
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    • Enviado por TEG
    • 2017-11-10 14:55:38
    Publicado