Número de referencia de la resolución: | 138-A-12 |
Tesauro: | Aviso, Improcedencia, Terminación anormal del procedimiento, Tipicidad |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2013-05-21 |
Fundamento: | El informante manifiesta que el día diez de septiembre del año pasado, aproximadamente a las tres de la madrugada, se presentó con problemas de salud al área de emergencias de la Unidad de Salud de San Martín, del Fondo Solidario para la Salud y fue atendido por la enfermera de turno quien le manifestó a él y otros pacientes que se encontraban en espera de consulta que serían atendidos hasta las seis de la mañana, pues los médicos se encontraban dormidos y ella no podía despertarlos; posteriormente, se levantó de su puesto y les informó que ella también se disponía a dormir. ... ...este Tribunal advierte la inconformidad del informante con el trato recibido por la enfermera de la Unidad de Salud de San Martín y con la falta de atención de los médicos de turno, quienes afirma se encontraban durmiendo. Tales situaciones, aún y cuando podrían calificarse como incorrectas y socialmente reprochables e incluso contrarias al principio ético de responsabilidad regulado en el artículo 4 letra g) de la LEG, pero por razones propias de la libertad de configuración del legislador esas conductas carecen de tipicidad con relación a los deberes y prohibiciones previstos en la citada Ley, los cuales constituyen el marco de actuación de este cuerpo colegiado. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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