• 18-A-12
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Número de referencia de la resolución: 18-A-12
Tesauro: Deber de excusa
Decisión: Sanciona
Fecha de resolución: 2015-02-27
Fundamento: En el presente caso, se determinó que en el acta número trescientos veintiuno del Libro de Actas que lleva el Consejo Directivo Escolar del Complejo Educativo Cantón San Isidro, que el señor José Manuel Guerrero en calidad de Presidente de dicho Consejo propuso a ******* para continuar brindando horas clase en ese centro escolar durante el año dos mil doce, y dicho documento fue utilizado por la Dirección Departamental de Educación de Sonsonate para legalizar la contratación del referido señor, y además, fue hasta el dos de febrero de dos mil doce que ese Consejo Directivo autorizó el traslado del señor y dejó a disposición de la Dirección Departamental que lo destacaran en otro centro escolar, teniendo en cuenta que el veinticuatro de enero de dos mil doce fue presentado el aviso de mérito. Significa que el servidor público denunciado participó en el proceso de contratación de ******* y firmó las actas en las que se decidió el nombramiento de éste, sin haber expuesto a los otros miembros del Consejo el vínculo de parentesco que lo une con el señor ******* y, por supuesto, sin haber presentado formalmente su excusa para abstenerse de intervenir en dicho procedimiento de contratación. El conflicto de interés se manifiesta en las situaciones en que el interés personal o particular del servidor público entra. en pugna con el interés general, por lo que siempre debe anteponerse este último sobre el privado, de conformidad con los principios éticos.
Ley: Derogada
Proceso(s) Acumulado(s): Ninguno
Tipo de resolución: Definitiva
Fichero Acciones
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  • 2019-02-21 19:57:02

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