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En el presente procedimiento se atribuye al señor Rodolfo Armando Pérez Valladares la posible transgresión a la prohibición ética de “Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, para hacer valer su influencia en razón del cargo que ocupa ante persona sujeta a la aplicación de esta Ley, con la finalidad de que éste haga, apresure, retarde o deje de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones”, regulado en el art. 6 letra b) de la Ley de Ética Gubernamental, por cuanto desde el año dos mil trece habría solicitado periódicamente a las señoras *********************** y *******************, diversas cantidades de dinero a cambio de que fueran nombradas como servidoras públicas en la referida entidad. |