Número de referencia de la resolución: | 138-A-16 |
Tesauro: | Aviso, Deber de uso adecuado de recursos del Estado, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2017-07-20 |
Fundamento: | La información obtenida corrobora que el hecho objeto de aviso no ha constituido un uso indebido de bienes públicos para finalidades ajenas a las institucionales; por el contrario, a partir de lo informado por el Director General de Radio Nacional, su uso el día dos de agosto de dos mil dieciséis ha supuesto el cumplimiento de la función pública en horas extraordinarias de trabajo. De manera que no se han robustecido los indicios advertidos inicialmente sobre una posible trasgresión del deber ético de “Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados”regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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