• 283-A-17
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Número de referencia de la resolución: 283-A-17
Tesauro: Falta de relevancia objetiva, Improcedencia, Terminación anormal del procedimiento
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2017-12-18
Fundamento: El artículo 81 letra d) del Reglamento de la LEG establece como causal de improcedencia de la denuncia o aviso que el hecho denunciado sea de competencia exclusiva de otras instituciones de la Administración Pública. Conforme al principio de tipicidad, toda conducta u omisión constitutiva de infracción administrativa debe estar descrita con claridad en una norma, por ende, la facultad sancionadora de esta institución se restringe únicamente a los hechos contrarios a los deberes y prohibiciones antes mencionados. Por tanto, y con
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
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  • 2019-04-11 16:09:19

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