• 160-D-17
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Número de referencia de la resolución: 160-D-17
Tesauro: Denuncia, Falta de relevancia objetiva, Improcedencia, Legalidad, Terminación anormal del procedimiento
Decisión: Improcedente
Fecha de resolución: 2018-01-08
Fundamento: (...) al realizar el análisis de los hechos planteados en la denuncia interpuesta, se determina que no es posible advertir la configuración de contravenciones a deberes o prohibiciones éticas, pues lo que los denunciantes pretenden es la revisión de la legalidad de las actuaciones desarrolladas dentro del procedimiento de destitución tramitado por la Comisión de Servicio Civil del RNPN, lo cual no aporta aspectos vinculados a la ética pública, de conformidad a los artículos 5 y 6 de la LEG. Esto es así, porque “la interpretación y aplicación de los enunciados legales que rigen los trámites de un determinado procedimiento es una actividad cuya realización le corresponde exclusivamente a aquellos funcionarios o autoridades que se encuentran conociendo el asunto sometido a su decisión (…)" (Resolución de fecha 27-X-2010, Amparo 408-2010, Sala de lo Constitucional). En este sentido, este Tribunal no puede emitir valoraciones respecto de si el procedimiento aludido, ha sido desarrollado respetando las normas legales propias del ámbito disciplinario, pues de ser así, invadiría competencias atribuidas a otros entes.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 160-D-17 Improcedencia.pdf
  • 178.37 KiB, application/pdf
  • 2019-04-11 16:24:12

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