Número de referencia de la resolución: | 82-A-16 |
Tesauro: | Aviso, Bienes, fondos y recursos públicos., Deber de uso adecuado de recursos del Estado, Sobreseimiento, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2018-04-30 |
Fundamento: | El artículo 97 letra c) del Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental (RLEG) establece el sobreseimiento como forma de terminación anticipada del procedimiento cuando concluido el período probatorio o su ampliación no conste ningún elemento que acredite la comisión de la infracción o la responsabilidad del investigado. En este caso, el instructor delegado por este Tribunal efectuó su labor investigativa en los términos en los que fue comisionado, pero ésta no le permitió obtener medios de prueba distintos a los ya enunciados. Así, habiendo finalizado el término de prueba sin que con las diligencias de investigación efectuadas este Tribunal haya obtenido prueba que acredite los hechos objeto de aviso y, por ende, la existencia de la infracción ética atribuida al señor Nicolás Alfredo Barrera, es inoportuno continuar con el trámite de ley. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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