Número de referencia de la resolución: | 65-D-17 |
Tesauro: | Denuncia, Inadmisibilidad, Prevención, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Inadmisible |
Fecha de resolución: | 2018-05-17 |
Fundamento: | ... Dicha resolución fue notificada personalmente al señor ************************ el día seis de abril del año que transcurre (f. 22), venciendo el plazo para evacuar la prevención el día trece de ese mismo mes sin que se recibiere escrito alguno. Al respecto, el artículo 80 inciso 2° del RLEG establece que si el denunciante no cumple en tiempo y forma con la prevención efectuada, el Tribunal declarará inadmisible la denuncia. En ese orden de ideas, al haber transcurrido el plazo otorgado al interesado sin que subsanara la aludida prevención, la denuncia deberá rechazarse por no cumplir con todos los requisitos formales para su admisibilidad. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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