Número de referencia de la resolución: | 73-D-18 |
Tesauro: | Denuncia, Falta de relevancia objetiva, Improcedencia, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2018-11-22 |
Fundamento: | III. Ahora bien, la licenciada ************* , en síntesis, atribuye al licenciado Delgado Morales el posible cometimiento de tres conductas: a) inobservancia de una resolución judicial en la que se le ordena devolver un remanente de dinero a favor de la denunciante, producto de los descuentos realizados en su salario, con la finalidad de entregar dicho remanente a favor de la “Asociación Cooperativa de Ahorro, Crédito y Consumo de Abogado de El Salvador, de Responsabilidad Limitada”, en contra de lo dispuesto por orden judicial; b) No haber aplicado a su salario dos embargos judiciales, en razón del cargo que desempeña; y, c) pretender solicitar a uno de los acreedores de la denunciante el estado de cuenta sobre una deuda y haber presentado dos escritos en los procesos donde la licenciada Morán de Mejía ha sido demandada, sin ser parte en el proceso; ello, tratando de evadir el cumplimiento de una orden judicial... IV. Finalmente, dado que la denunciante expresa que el trato recibido por parte del licenciado Delgado Morales hacia su persona -de forma altanera, prepotente y denigrante-, pudiera constituir una especie de violencia económica, bajo la modalidad de violencia institucional, regulada en los artículos 9 letra a) y 10 letra b) de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, resulta necesario aclarar que estas acciones no se configuran como una posible contravención a deberes y prohibiciones éticas tipificados en los artículos 5, 6 y 7 de la LEG, por tanto, dichos señalamientos no pueden ser controlados por este Tribunal. |
Ley: | Vigente |
Proceso(s) Acumulado(s): | Ninguno |
Tipo de resolución: | Anormal |
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