Número de referencia de la resolución: | 315-A-17 |
Tesauro: | Aviso, Carga de la prueba, Inadmisibilidad, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Inadmisible |
Fecha de resolución: | 2018-05-28 |
Fundamento: | Ahora bien, de acuerdo al art. 80 inciso 3 del Reglamento LEG, el aviso será declarado inadmisible si falta la identificación de la persona denunciada y la descripción clara del hecho denunciado... En este orden, de los hechos relatados no se trasladan circunstancias claras y consistentes que permitan advertir los elementos o aspectos necesarios que puedan considerarse de manera concreta como una conducta prevista como contraria a la ética pública, pues no se especifican hechos concretos ni fecha o época de su comisión, u otra circunstancia que permita tener claridad de los mismos, sino que son ambiguos, generales e imprecisos. La falta de precisión de dichos hechos impide identificar la posible ocurrencia de infracciones a los deberes y prohibiciones éticas regulados en los Arts. 5, 6 y 7 de LEG; consecuentemente, corresponde pronunciar in limine la inadmisibilidad |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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