• 27-A-16
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Número de referencia de la resolución: 27-A-16
Tesauro: Falta de relevancia objetiva, Terminación anormal del procedimiento
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2018-11-15
Fundamento: En este sentido, resulta necesario remarcar que este Tribunal está comprometido con el control de la existencia de hechos contrarios al buen uso de las facultades y de los recursos públicos realizado por los servidores públicos o de quienes administran fondos públicos; sin embargo, existen casos que no alcanzan a afectar proporcionalmente el interés general, dado que se trata de conductas muy puntuales que no logran configurar un exceso en la utilización indebida de bienes públicos o abuso de su cargo, pues no se atribuye una conducta desmedida, orientada a ser definida como corrupción en los términos del artículo 3 letra f) de la LEG; cuyo conocimiento a través de la potestad sancionadora de este Tribunal implicaría un dispendio de los recursos con los que cuenta esta institución, siendo la vía idónea los regímenes de control disciplinario que se encuentran dentro de las instituciones públicas, como se ha realizado en el presente caso, adscribiéndose a partir de ello, en la causal de improcedencia regulada en el art. 81 letra d) del RLEG. Por tanto, la declaración de sin lugar la apertura del procedimiento que habrá de pronunciarse, no significa una desprotección a los bienes jurídicos que pudieran verse comprometidos con el hecho informado, sino únicamente que éstas resultan idóneas de ser controladas a través de la potestad disciplinaria otorgada a cada institución, pues en el caso de mérito lo que se advierte es una irregularidad en el trámite del permiso para ausentarse de sus funciones, por parte del señor Teodoro Denio Flores Arias, situación por la cual -como ya se expuso-, fue aplicado el régimen disciplinario interno, exigiendo al servidor público denunciando a reintegrar el salario y otras prestaciones percibidas por los días no laborados; es decir, que se sancionó al investigado por la falta cometida, ejerciéndose el control de la conducta sometida a conocimiento.
Ley: Vigente
Proceso(s) Acumulado(s): Ninguno
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
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  • 2019-04-23 21:17:13

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