Número de referencia de la resolución: | 82-A-17 |
Tesauro: | Desempeño simultáneo de empleos públicos, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2018-08-20 |
Fundamento: | Con la información obtenida se han desvirtuado los datos proporcionados por el informante anónimo pues se ha determinado que el señor Pablo Posada Posada es empleado del CENTA desde el año mil novecientos noventa y tres; y desde el año dos mil catorce, aproximadamente, siendo técnico del CENTA ha realizado diversas actividades de apoyo en la ejecución del Plan Trifinio. En efecto, como se ha relacionado en párrafos precedentes, el CENTA está adscrito al MAG, y entre este Ministerio y la DEN Plan Trifinio El Salvador existe un convenio aún vigente, en el cual entre otras cosas, se acordó que el CENTA brindaría apoyo técnico para facilitar la ejecución de los ejes de trabajo. Es decir, el señor Posada Posada en calidad de Técnico del CENTA realiza actividades en el marco del Plan Trifinio, las cuales no son incompatibles, sino al contrario, son institucionales y permitidas de acuerdo a la normativa ya relacionada. De manera que no se han robustecido los indicios advertidos inicialmente sobre una posible infracción a la prohibición ética de “Desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí por prohibición expresa de la normativa aplicable, por coincidir en las horas de trabajo o porque vaya en contra de los intereses institucionales”, regulada en el artículo 6 letra d) de la LEG. En razón de lo anterior, y no reparándose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de una posible infracción ética, es imposible continuar el presente procedimiento. Por |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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