• 330-A-17
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Número de referencia de la resolución: 330-A-17
Tesauro: Nepotismo (Contratación de familiares)
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2018-09-10
Fundamento: La información obtenida permite desestimar los datos proporcionados por el informante anónimo; pues, refleja que desde desde el uno de enero de mil novecientos noventa y nueve, fecha en que fue contratado el Doctor **************************** en el Hospital Militar Central, hasta el ocho de agosto del corriente año –fecha de presentación del informe–, no ha obtenido ninguna promoción o ascenso. Consecuentemente, se ha desvirtuado que por orden de la Sub Directora del Hospital Militar, Teniente Coronel y licenciada María Armida Aguilar, se le haya “mejorado” la plaza a partir de enero de dos mil dieciocho al Doctor**************************, por ser su “pareja sentimental”. De manera que no se han robustecido los indicios advertidos inicialmente sobre una posible transgresión a la prohibición ética de “Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, (…)”, regulada en el artículo 6 letra h) de la LEG. En razón de lo anterior, y no advirtiéndose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de una posible infracción ética, es imposible continuar el presente procedimiento.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
  • 330-A-17 SIN LUGAR APERTURA SUBDIRECTORA DEL HOSPITAL MILITAR.pdf
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  • 2019-04-24 16:36:48

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