• 99-D-16
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Número de referencia de la resolución: 99-D-16
Tesauro: Retardo administrativo injustificado, Terminación anormal del procedimiento
Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento
Fecha de resolución: 2019-01-29
Fundamento: decreta la apertura del procedimiento, pues de no ser así, el trámite debe finalizarse. IV. La información obtenida en el caso de mérito desvirtúa los datos proporcionados por la denunciante, pues refleja que los señores Américo Campos y Jaime Rivera, empleados públicos del FSV, atendieron a la señora *************** debidamente en todos los trámites previos relacionados con las asesorías de explicación de requisitos, presentación y recepción de la documentación pertinente, y la precalificación de la solicitud de refinanciamiento por mora iniciados por la denunciante. Adicionalmente, el retardo para iniciar el trámite de refinanciamiento por mora se debió a que la denunciante en ningún momento -durante el plazo de nueve meses- no presentó de forma completa la documentación requerida por la institución para optar a ese beneficio, circunstancia que le fue comunicada por parte de los licenciados Campos Coreas y Rivera Rivas en las reiteradas visitas que efectuó a la Agencia San Miguel, razón por la que no fue posible iniciar su trámite oficialmente en la institución. Finalmente, se informó a la señora ************* sobre el estado de su solicitud de refinanciamiento por mora, es decir, era conocedora que sus ingresos no eran suficientes para otorgarle el refinanciamiento, que la documentación presentada estaba incompleta y que su trámite no podía iniciar formalmente si no cumplía con todos los requisitos exigidos por la institución para ese efecto. En ese sentido, ha quedado demostrado que cada vez que la señora ************** se apersonó al FSV se le brindó la asistencia y asesoría necesaria para el inicio del trámite de solicitud de refinanciamiento por mora, incluso le fue programada una reunión con la Gerente de Agencia San Miguel con el propósito de explicarle nuevamente sobre los requisitos y documentación que debía presentar. Por consiguiente, los hechos denunciados no se configuran como un retardo injustificado en el diligenciamiento de un trámite o en la prestación de un servicio por parte del FSV, por el contrario, los servidores públicos denunciados en apego a la normativa institucional de otorgamiento de créditos y refinanciamientos, no iniciaron formalmente el trámite de refinanciamiento por mora, en razón de la falta de cumplimiento de requisitos por parte de la señora ***************.
Ley: Vigente
Proceso(s) Acumulado(s): Ninguno
Tipo de resolución: Anormal
Fichero Acciones
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  • 2019-04-30 18:05:07

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