Número de referencia de la resolución: | 252-A-17 |
Tesauro: | Prohibición de actividad privada |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2019-07-11 |
Fundamento: | En el caso concreto, la información obtenida revela que durante el año dos mil diecisiete, los señores Ada Milagro Pineda de Flores, Rina Isabel Rivas de Castaneda y Nelson Alberto Aparicio Castro, se desempeñaron como maestras y Director, respectivamente, del Complejo Educativo ''Doctor Arturo Romero", del municipio y departamento de Ahuachapán. Asimismo, la información relacionada desvirtúa los datos proporcionados por el informante anónimo respecto a las supuestas transgresiones a la ética pública por parte de investigados; pues, en el informe rendido por los miembros del CDE fueron enfáticos en afirmar que, durante el año dos mil diecisiete, todas las labores, permisos y misiones oficiales de las señoras Ada Milagro Pineda de Flores y Rina Isabel Rivas de Castaneda estuvieron debidamente justificadas en el libro de asistencia diario y en sus expedientes laborales respectivos. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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