Número de referencia de la resolución: | 179-A-16 |
Tesauro: | Prohibición de actividad privada |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2019-06-10 |
Fundamento: | En el presente caso, se advierte que la señora Santos Delmy Fuentes Villatoro se ausentó los días veinticuatro, veinticinco y veintisiete de marzo, y del ocho al diez de abril de dos mil quince, es decir cinco días hábiles, justificando tal inasistencia por motivo de enfermedad, cuando en realidad viajó a Estados Unidos en esas fechas; lo cual constituye una - situación irregular dentro del ámbito disciplinario del Ministerio de Educación. Y es que si bien la ética pública orienta las acciones humanas dentro de la Administración, y este Tribunal como ente rector, debe detectar las prácticas corruptas y sancionar los actos contrarios a la LEG, no puede soslayarse que de conocer todas las conductas antiéticas aisladas y que pueden ser de conocimiento de los regímenes disciplinarios internos de cada institución pública, iría en detrimento de la tramitación de procedimientos administrativos sancionadores que sí comporten actos de corrupción que afecten de manera objetiva el interés público. En razón de ello, debe dimensionarse la importancia de la aplicación del régimen disciplinario por parte de las instituciones estatales, pues éste también deviene en un control de la ética pública ad intra, pues existen procedimientos disciplinarios reglados ad hoc para conductas irregulares como la de objeto de aviso. El artículo 97 letra a) del Reglamento de la LEG establece el sobreseimiento como forma de terminación anticipada del procedimiento cuando después de haberse admitido la denuncia o aviso se advierta alguna de improcedencia, en los términos establecidos en este Reglamento”. Entre las causales de improcedencia de la denuncia o el aviso figura que “El hecho denunciado no constituya transgresión a las prohibiciones o deberes éticos” –art. 81 letra b) del mismo Reglamento–. Al amparo de las normas citadas, la falta de tipicidad de la conducta atribuida a la servidora pública investigada conlleva la finalización del procedimiento mediante la figura del sobreseimiento. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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