Número de referencia de la resolución: | 45-A-17 |
Tesauro: | Bienes, fondos y recursos públicos., Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2019-05-20 |
Fundamento: | De manera que no se han robustecido los indicios establecidos inicialmente sobre una posible transgresión al deber ético de " Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados", regulado en el artículo 5 letra a) de la LEG; y a la prohibición ética de "Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines institucionales", contemplada en el art. 6 letra O del referido cuerpo normativo. En razón de lo anterior, y no advirtiéndose elementos· suficientes que permitan determinar la existencia de una posible infracción ética, es imposible continuar el presente procedimiento. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
No hay ficheros adjuntos