Número de referencia de la resolución: | 120-A-17 |
Tesauro: | Aviso, Proselitismo político, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2019-05-15 |
Fundamento: | De esta manera, se han desvirtuado los indicios de una posible transgresión a la prohibición ética de "Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la instilllción para hacer actos de proselitismo político partidario" regulada en el art. 6 letra k) de la LEO, por parte del Alcalde Municipal de San Jorge, pues el evento no fue sufragado con fondos públicos sino particulares. En el presente caso, el evento del día veintiséis de marzo de dos mil diecisiete no supuso una afectación del interés público pues en realidad sólo se dio a conocer a la militancia del partido ARENA que el Alcalde participaría en las elecciones internas para buscar la reelección, por lo cual el hecho no se adecúa a la prohibición ética antes citada. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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