Número de referencia de la resolución: | 181-A-16 |
Tesauro: | Aviso, Prohibición de actividad privada, Terminación anormal del procedimiento |
Decisión: | Sin lugar a la apertura del procedimiento |
Fecha de resolución: | 2019-02-22 |
Fundamento: | Por ende, es posible determinar que la actividad realizada por el señor López Cardoza no fue una actividad de índole privada sino la ejecución de sus funciones relacionadas a brindar acompañamiento en los proyectos y programas que coadyuven el desarrollo de los Municipios del departamento de Chalatenango; en consecuencia, se desvirtúan los elementos planteados por el informante anónimo en el aviso respecto a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG. En razón de lo anterior y no advirtiéndose elementos suficientes que permitan determinar la existencia de una posible infracción ética, es imposible continuar el presente procedimiento. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
No hay ficheros adjuntos