• 109-D-12
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Número de referencia de la resolución: 109-D-12
Tesauro: Corrupción
Decisión: Sanciona
Fecha de resolución: 2014-07-04
Fundamento: En el procedimiento administrativo sancionador referencia 634-2011 inició por denuncia del Presidente de la Defensoría del Consumidor presentada el tres de junio de dos mil once ante el Tribunal Sancionador, la cual fue recibida por el señor Armando Laínez Olivares, en el ejercicio de sus funciones como Secretario del referido Tribunal. En el mismo procedimiento, el señor Láinez Olivares firmó en su calidad de Secretario la resolución de las catorce horas con treinta y ocho minutos del seis de junio de dos mil once. Posteriormente, a partir del uno de julio de dos mil once el señor Armando Laínez Olivares dejó de desempañarse en el cargo antes señalado; y el seis de septiembre de ese mismo año solicitó intervenir como apoderado judicial de la sociedad Pachecho Hermanos, S.A. de C.V. en el procedimiento referido, petición que le fue admitida mediante resolución del nueve de septiembre de dos mil once. Durante el año dos mil once, a partir del cual entró en vigencia la cual LEG, específicamente el veintisiete de marzo de dicho año el denunciado presentó un escrito con peticiones de carácter probatorio; es decir, que la conducta sancionada se consumó durante el dos mil doce, año en el que ya se encontraba vigente la referida LEG. Así la prohibición que para los ex servidores públicos regula el artículo 7 letra a) de la LEG, durante el año siguiente al cese de sus funciones, fue transgredida por el señor Laínez Olivares al ejercer su mandato durante el año de dos mil doce; es decir, -se insiste- con el escrito presentado el veintisiete de marzo de ese año, pues la vigente LEG comentó a regir a partir del uno de enero de dos mil doce.
Ley: Vigente
Tipo de resolución: Definitiva
Fichero Acciones
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  • 2020-01-27 19:27:57

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