Número de referencia de la resolución: | 4-D-19 |
Tesauro: | Improcedencia |
Decisión: | Improcedente |
Fecha de resolución: | 2019-08-26 |
Fundamento: | De tal manera, al realizar el análisis de los hechos denunciados, es posible advertir que estos no constituyen una infracción a un deber o prohibición éticos, en tanto, lo que se arguye son supuestas acciones de asedio a la planta procesadora de Usulután de ------------------., amenaza al personal y proveedores de dicha sociedad, y el bloqueo del normal funcionamiento de la planta procesadora referida, por parte del ingeniero Mauricio Navas Durán, Director Regional de la Zona Oriental del Ministerio de Agricultura y Ganadería; lo cual asegura el denunciante, habría sido realizado al margen de la normativa legal que rige su actuar |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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