Número de referencia de la resolución: | 122-A-17 |
Tesauro: | Prohibición de actividad privada |
Decisión: | Sobreseimiento |
Fecha de resolución: | 2020-10-14 |
Fundamento: | En ese sentido, el sustrato probatorio que obra en el expediente no revela que el investigado haya transgredido la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulada en el artículo 6 letras e) de la LEG. IV. El artículo 97 letra c) del Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental (RLEG) establece el sobreseimiento como forma de terminación anticipada del procedinúento cuando concluido el período probatorio o su ampliación no conste ningún elemento que acredite la comisión de la infracción o la responsabilidad del investigado. No constando pues en este procedimiento elementos orientados a probar la conducta objeto de aviso, es inoportuno continuar con el trámite de ley. |
Ley: | Vigente |
Tipo de resolución: | Anormal |
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